domingo, 19 de febrero de 2012

DAOT 2011 - DECLARACIÓN ANUAL DE OPERACIONES CON TERCEROS, OBLIGATORIO DESDE EL 27.02.2012



SE APROBÓ SEGÚN RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 027-2012-SUNAT EL 18.02.2012 EL CRONOGRAMA DE VENCIMIENTO DE LA OBLIGACION DE PRESENTAR LA DECLARACION ANUAL DE OPERACIONES CON TERCEROS - DAOT CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2011


    Los sujetos comprendidos en el inciso b) del numeral 3.1 del artículo 3 del Reglamento para la presentación dela Declaración Anualde Operaciones con Terceros, están obligados a presentarla DAOT  siempre que en dicho ejercicio cumplan con cualquiera de las siguientes condiciones:
    a). El monto de sus ventas internas haya sido superior a las setenta y cinco (75) UIT.


    Para tal efecto se sumarán los montos que deben ser consignados en las casillas N° 100, 105, 109, 112 y 160 del PDT IGV Renta Mensual – Formulario Virtual N° 621, en la casilla N° 100 del Formulario Virtual N° 621 Simplificado IGV – Renta Mensual, en la casilla N° 100 del Formulario N° 119- Régimen General y, de ser el caso, en las casillas N° 100 y 105 del Formulario N° 118 – Régimen Especial de Renta.

    b). El monto de sus adquisiciones de bienes, servicios o contratos de construcción, haya sido superior a las setenta y cinco (75) UIT.

    Para tal efecto se sumarán los montos que deben ser consignados en las casillas N° 107, 110, 113 y 120 del PDT IGV – Renta Mensual – Formulario Virtual Nº 621, en la casilla N° 107 del Formulario Virtual Nº 621 Simplificado IGV –Renta Mensual, en la casilla Nº 107 del Formulario N° 119 – Régimen General y, de ser el caso, en las casillas N° 107 y 111 del Formulario N° 118 – Régimen Especial de Renta.

    Para efectuar la referida declaración utilizarán el “PDT Operaciones con Terceros” – Formulario Virtual N° 3500 – versión 3.3.

    La UITa considerar será la vigente durante el ejercicio 2011.

    Omisos a la presentación
    Los sujetos que a la fecha de vigencia de la presente Resolución, se encuentren omisos a la presentación de la declaración correspondiente a ejercicios anteriores al 2011, deberán regularizar dicha presentación utilizando el “PDT Operaciones con Terceros” – Formulario Virtual Nº 3500- versión 3.3., no siendo necesaria mayor información que la solicitada por dicho PDT; la que se efectuará según lo señalado en el artículo 10° del Reglamento.

    EL CRONOGRAMA ES EL SIGUIENTE: 


    Último dígito RUC
    Vencimiento
    5
    27.02.2012
    6
    28.02.2012
    7
    29.02.2012
    8
    01.03.2012
    9
    02.03.2012
    0
    05.03.2012
    1
    06.03.2012
    2
    07.03.2012
    3
    08.03.2012
    4
    09.03.2012
    Buenos Contribuyentes
    12.03.2012

    SALUDOS.


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